Sí, seguramente tenemos derecho a la libertad.
El artículo 21 establece explícitamente que ” ninguna persona debe ser privada de su vida o libertad personal, excepto de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley”. Aquí se puede discutir sobre la parte del “procedimiento establecido por la ley” que obliga al gobierno a imponer restricciones a los ciudadanos. Aunque la Corte Suprema ha dicho en muchas de sus sentencias que estas restricciones deberían ser significativas y justificadas. Pero por el momento no nos centremos en eso.
La Constitución nos ha garantizado varios derechos fundamentales que están protegidos por nuestros tribunales. Pero al mismo tiempo tenemos nuestros deberes fundamentales en nuestra Constitución. Aunque el gobierno no puede obligarnos legalmente a cumplir con nuestro deber, todavía es nuestra obligación moral cumplir con eso. Centrémonos en el Artículo 51A (g) de la Constitución, que establece deberes fundamentales para que cada ciudadano tenga ‘compasión por las criaturas vivientes’. Los ciudadanos del país tienen el deber de mostrar respeto por el mundo animado. Los deberes imponen a la legislatura la obligación de tenerlos en cuenta al enmarcar las leyes para el bienestar de las ‘criaturas vivientes’ para regular la conducta de los seres humanos. Además, se impone una obligación similar al poder judicial de leer estos deberes para dar un significado intencional a las leyes promulgadas para el bienestar de las criaturas vivientes.
“Todas las criaturas vivientes tienen una dignidad inherente y el derecho a vivir en paz y el derecho a proteger su bienestar”
La Corte Suprema de India en una petición presentada por la Junta de Bienestar Animal de India sostuvo que:
“Toda especie tiene derecho a la vida y la seguridad, sujeto a la ley de la tierra, que incluye privar su vida, por necesidad humana. El artículo 21 de la Constitución, al tiempo que salvaguarda los derechos de los humanos, protege la vida y la palabra ‘vida “se le ha dado una definición ampliada y cualquier perturbación del entorno básico que incluya todas las formas de vida, incluida la vida animal, que son necesarias para la vida humana, entran en el sentido del artículo 21 de la Constitución (énfasis incluido). En nuestra opinión, los animales están preocupados por “vida”, significa algo más que la mera supervivencia o existencia o valor instrumental para los seres humanos, sino llevar una vida con cierto valor intrínseco, honor y dignidad … Por lo tanto, el derecho a la dignidad y el trato justo es , no confinado solo a los seres humanos, sino también a los animales … Los animales también tienen el derecho contra los seres humanos de no ser torturados y
contra la imposición de dolor o sufrimiento innecesario. La pena por la violación de esos derechos es insignificante, ya que las leyes son hechas por humanos ”
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http://indiankanoon.org/doc/3969…
Aunque el debate sobre si los animales deben ser tratados a la par con los humanos en el Artículo 21 aún continúa, pero creo que es nuestra responsabilidad moral garantizar nuestra existencia pacífica con otras especies de nuestro planeta. Este planeta es tanto suyo como nuestro.